Dirección de Despacho

Objetivos:

  • Asistir al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en la organización y diligenciamiento de todos los asuntos administrativos y del personal relativo a la Unidad Ministerio.
  • Ejercer la dirección y administración general del área en un todo de acuerdo con la normativa vigente y la política educativa, científica y tecnológica definida por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Acciones:

  • Coordinar las acciones de los despachos y unidades sectoriales de su jurisdicción y consolidar la información interna y externa que se tramite por ellas.
  • Dirigir las acciones de las áreas de su dependencia supervisando el correcto y ágil cumplimiento de las funciones y tareas asignadas a cada uno de ellos.
  • Atender, supervisar, controlar y coordinar el despacho de toda documentación que llega a la Dirección y que deba ser sometida al análisis del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, previo al pase del despacho para la firma del Ministro.
  • Intervenir en la preparación de proyectos de leyes, decretos y resoluciones ministeriales.
  • Producir informes a requerimiento de la Superioridad.
  • Intervenir y velar por el cumplimiento de las normas vigentes y las actuaciones administrativas.
  • Dirigir las tareas y mantener actualizado el registro y recopilación de leyes, decretos y resoluciones en tanto se realice y sean de interés para el Ministerio.
  • Realizar todo acto administrativo que tienda a optimizar las prestaciones de servicio del personal de su dependencia dando celeridad a las mismas y evitando la burocratización excesiva.
  • Coordinar y dirigir todo lo relacionado con los registros de la documentación que ingrese, su trámite seguro y su eventual archivo, asegurando la actualización sistemática de los mismos.
  • Promover acciones de articulación con las distintas áreas que conforman el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
  • Promover acciones de articulación con las distintas áreas que conforman el Poder Ejecutivo Provincial.
  • Autorizar, reconocer, supervisar y realizar los aportes correspondientes a las instituciones educativas de gestión privada, municipal, cooperativa y social.