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Se limitará la inscripción de alumnos hasta un máximo de 30 por sala

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Mediante Resolución MECyT No. 858 del 2 de diciembre, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología limitará la inscripción de alumnos de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Público provincial, hasta un máximo de treinta alumnos por sala/grado/curso/división, según corresponda.

A los fines de lo dispuesto en el artículo anterior -- el primero de la Resolución respectiva -- el art. segundo establece que se otorgará prioridad de inscripción a aquellos alumnos que acrediten su residencia en un radio de 2 km. del respectivo establecimiento escolar. En los considerandos de la medida, se menciona el hecho de que "la arquitectura escolar constituye el recurso físico básico para la realización de las actividades de enseñanza-aprendizaje y de gestión que requiere el Sistema Educativo. Las distintas activdades específicas que se realizan en un edificio escolar deben hallar, en el espacio y su equipamiento, las circunstancias y posibilidades más propicias, en el marco de los recursos disponibles, la actual situación edilicia y su equitativa distribución". Se menciona además que "dada su ubicación geográfica, se observa una fuerte concentración de la demanda matricular en determinados establecimientos escolares", y que "como consecuencia de ello, por saturación física o edilicia, se acentúa el deterioro de sus dependencias e instalaciones", y que "paradójicamente, existen otros establecimientos escolares con capacidad edilicia y docente para albergar y atender una gran cantidad de alumnos que, por el contrario, no cuentan con una elevada matriculación". La medida se adopta, pues, tal como reza en otra parte de los considerandos, atendiendo a que "resulta esencial y prioritario que el Estado tome las medidas necesarias para brindar seguridad y resguardo físico a todos los alumnos del Sistema Educativo provincial".