Pautas de evaluación para las escuelas de período especial
El Ministerio de Educación de la provincia comunica que mediante Resolución Ministerial N° 315 del 22 de mayo del 2020, se aprobaron las pautas en materia de evaluación de aprendizajes para las instituciones educativas de los niveles inicial, primario y secundario en todas sus modalidades de período especial en esta última etapa del Ciclo Lectivo 2019/2020.
A raíz de la situación inédita en que se encuentra la educación en virtud del aislamiento social y obligatorio generado por la pandemia del COVID 19 y teniendo en cuenta la finalización del Ciclo Lectivo 2019/2020 en las escuelas de período especial, se hizo necesario establecer pautas y orientaciones que permitan organizar esta etapa de transición entre el Ciclo Lectivo 2019/2020 y 2020/2021 en los niveles de educación obligatoria, donde los alumnos de las instituciones educativas de los niveles y modalidades de dicho periodo asistieron a clases presenciales, en un porcentaje del 70% del tiempo previsto en el calendario 2019/2020.
Es por ello que se autorizaron criterios excepcionales para los tres niveles obligatorios, en el nivel inicial en relación con la dimensión pedagógica, didáctica y socio-comunitaria, la docente de sala deberá elaborar un informe final desde la perspectiva de evaluación formativa con los aspectos propios de los aprendizajes, como los inherentes al contexto. En el mismo, se deberá hacer referencia a las experiencias y los aprendizajes vivenciados durante el desarrollo de las clases presenciales y no presenciales, la identificación de las dificultades/logros para cada caso y las condiciones contextuales vinculadas con los aspectos anteriores.
Con respecto al nivel primario, los docentes deberán establecer una modalidad de evaluación formativa de los aprendizajes de los alumnos teniendo en cuenta los saberes trabajados durante el año escolar, incluyendo lo realizado durante el periodo de aislamiento social. Para ello, será necesario considerar los registros obtenidos del proceso realizado por cada alumno a fin de determinar su situación pedagógica y no se utilizarán escalas numéricas ni conceptuales, sino que se deberá dar cuenta del estado de situación pedagógica en un informe que explicite los saberes trabajados y el momento por el que están transitando los alumnos respecto a los saberes adquiridos y los que se deberían seguir trabajando para fortalecer el paso a otro año o nivel.
En el nivel secundario, las evaluaciones estarán centradas en fortalecer la secuencia de los aprendizajes que se definan como prioritarios en la situación actual y en cada contexto educativo. Los docentes deberán establecer una modalidad de evaluación formativa de los aprendizajes de los alumnos teniendo en cuenta los saberes trabajados durante los dos primeros trimestres del año escolar, más lo trabajado durante el aislamiento social.
En ambos niveles, al no haber calificación numérica durante la etapa de no presencialidad, habrá libreta abierta, hasta tanto se retomen las actividades, por lo tanto, la calificación anual y final quedarán pendientes al momento de realizar la acreditación presencial de cada uno de los espacios curriculares.
La resolución y sus anexos se encuentran disponibles en la página oficial del Ministerio de Educación, www.catamarca.edu.ar, en la sección novedades.