Se prevén sanciones para quienes incurran en mora en la carga de LUA
El Ministerio de Educación de la provincia, a través de Resolución Ministerial N°353/21 dispuso al Legajo Único de Alumnos, regulado por la Resolución N°651/15, como único sistema y medio reconocido a los fines estadísticos de gestión de la información de los alumnos y para la acreditación de estudios y trayectorias escolares, resultando de carácter obligatorio su implementación. Además, se estableció que será responsabilidad del personal directivo de los establecimientos escolares, el cumplimiento en tiempo y forma de la carga del Legajo Único de Alumnos (LUA) y del Relevamiento Anual (RA) de acuerdo a la fecha determinada por Agenda Escolar.